Anses : Sandra Pettovello ratifica el Decreto 525/95 y garantiza un adicional para jubilados de la mínima
La ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, ratificó la vigencia del Decreto 525/1995 que habilita el pago de un suplemento automático de equiparación para los jubilados y pensionados del haber mínimo.
Sandra Pettovelo ratifica el decreto 525/95 y garantiza un adicional para jubilados de la mínima.
A través de esta reglamentación, el Estado nacional absorbe la diferencia económica cuando el cálculo de la prestación básica no alcanza el tope mínimo obligatorio.
Asimismo, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó el cronograma unificado de pagos para el próximo período de cobro.
¿Qué establece el Decreto 525/95 para las jubilaciones mínimas?
El marco legal reglamenta los artículos 17 y 34 de la Ley 24.241 y regula el funcionamiento del piso previsional en la Argentina:
| Mecanismo previsional | Descripción del beneficio | Aplicación operativa |
| Suplemento de equiparación | Absorbe la brecha entre el haber calculado y el haber mínimo legal. | Liquidación automática en la cuenta del jubilado. |
| Piso previsional garantizado | Asegura que nadie cobre por debajo del tope mínimo obligatorio. | Actualización por la fórmula de movilidad mensual. |
| Reingreso a la actividad | Regula la obligación de realizar aportes si el beneficiario vuelve a trabajar. | Aplica para trabajadores autónomos o en relación de dependencia |
¿Cuáles son los 3 puntos clave de la normativa respaldada por Pettovello?
Además de garantizar el haber mínimo, el Decreto 525/1995 supervisado por Capital Humano establece reglas operativas para trámites y demandas ante el organismo previsional:
Pago automático de complementos: la ANSES liquida las diferencias salariales de forma directa junto con el haber mensual, eliminando la necesidad de presentar formularios o autorizaciones previas.
Agilización de trámites judiciales: faculta a los jubilados que residan en el interior del país a interponer demandas o reclamos contra la ANSES en los juzgados federales correspondientes a su propia jurisdicción territorial.
Prioridad en la cancelación de sentencias: dispone que la acreditación de reajustes y retroactivos por fallos judiciales otorgue prioridad a los beneficiarios de mayor edad, sujeto a la disponibilidad de las partidas presupuestarias.
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